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Actualización profesional · Edición 30
La Profesión al Día
Boletín de actualidad contable, tributaria y de aseguramiento
Miércoles, 30 de septiembre de 2026
Actualidad contable, tributaria, aduanera, NIIF y profesión.
Una selección de noticias de interés para contadores, auditores, asesores y responsables de cumplimiento.
La DIAN le sigue el paso a 1,8 millones de zapatos de contrabando escondidos en una bodega clandestina de Cali
Aduanas · ControlDIAN · Comunicado de Prensa No. 126 · 29/09/2026

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reportó el 29 de septiembre el mayor golpe reciente contra el contrabando en Cali, con mercancía aprehendida por un avalúo comercial de $38.520 millones. El operativo se extendió entre el jueves 24 y el domingo 27 de septiembre, primero con intervenciones a establecimientos de comercio donde se contabilizaron 844 bultos de confecciones, perfumería, relojería y juguetería, y después con el hallazgo del verdadero premio, una bodega de dos niveles y dos sótanos construida para pasar inadvertida.

Ahí las autoridades encontraron más de 1,8 millones de pares de zapatos avaluados en cerca de $37.420 millones, la porción que explica casi todo el resultado del operativo. El director general de la DIAN, Andrés Felipe Velásquez, fue enfático al describir la infraestructura, “no estamos hablando de almacenamiento informal, sino de una infraestructura diseñada para ocultar y mover grandes volúmenes de mercancía al margen de la ley”. Sumados los cuatro días de control, la cifra final llegó a 10.199 bultos de mercancía, movidos con 24 camiones de ocho toneladas y dos tractomulas de 32 toneladas, una logística que por sí sola dice algo del tamaño de la operación ilegal que la sostenía.

El hallazgo interesa a cualquier firma que audite inventarios o asesore a comerciantes del sector calzado y textil, porque documenta un patrón ya recurrente en los operativos de la DIAN este año, el de concentrar el control en bodegas de acopio antes de que la mercancía llegue al punto de venta. Para las áreas de cumplimiento y debida diligencia de proveedores, cada bodega destapada es un recordatorio de que verificar el origen del inventario de un cliente no es un formalismo de auditoría, sino la diferencia entre competir de frente con el contrabando o terminar, sin quererlo, financiándolo.

Consultar fuente consultada ↗

El gobierno amplía a 16 departamentos los alivios tributarios y aduaneros por el sismo de agosto, con plazo hasta noviembre
Tributario · EmergenciaMinisterio de Hacienda · Decreto 1419 de 2026 · 17/09/2026

El Ministerio de Hacienda expidió el 17 de septiembre el Decreto 1419 de 2026, que adopta medidas tributarias, aduaneras y cambiarias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el sismo de magnitud 7,4 del 10 de agosto. El beneficio cobija a personas naturales y jurídicas con domicilio fiscal en dieciséis departamentos, entre ellos Chocó, Risaralda, Caldas, Quindío, Valle del Cauca, Antioquia, Cundinamarca, Tolima, Huila, Santander, Norte de Santander, Bolívar, Sucre, Nariño, Cauca y Caquetá, siempre que acrediten afectación directa por el sismo. Los Grandes Contribuyentes quedan excluidos de las medidas puramente procedimentales.

El decreto ofrece facilidades de pago hasta por 24 meses sin garantía, ampliables a 36 meses con garantía personal para deudas inferiores a 6.000 UVT, y permite una reprogramación única de las facilidades ya vigentes por hasta 12 meses, incluidas las que hacen parte de un proceso concursal. Para quien se ponga al día, la sanción sobre obligaciones en mora se reduce al 15 % si se paga la totalidad del tributo con intereses del 4,5 % anual, un descuento que cobija también a quien presente extemporáneamente una declaración omitida antes del 19 de noviembre. La conciliación contencioso-administrativa entra con condiciones parecidas, 15 % de las sanciones actualizadas en primera instancia y 20 % en segunda, con el mismo interés reducido. El decreto añade además un incentivo pensado para el sector privado que quiera aportar a la reconstrucción, ya que las donaciones en especie de hasta 2.600 UVT por beneficiario quedan exentas de retención en la fuente.

Para los contadores y asesores tributarios con clientes en la zona cafetera y el suroccidente del país, la ventana de casi dos meses que abre este decreto es más generosa que el simple corrimiento de plazos ya conocido, y conviene revisarla cliente por cliente antes de que venza el 19 de noviembre.

Consultar fuente consultada ↗

El CTCP arma un comité a la medida de las microempresas y busca voluntarios antes de octubre
Normativa · MicroempresasCTCP · Convocatoria pública · 29/09/2026

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública abrió el 29 de septiembre una convocatoria pública para conformar el nuevo Comité Técnico de Normas de Información Financiera para Microempresas, el cuerpo consultivo que trabajará en la actualización del Anexo 3 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, el marco simplificado que hoy usan las microempresas colombianas para preparar su información financiera. La figura del comité técnico, prevista en la Ley 1314 de 2009, es el mecanismo con el que el CTCP viene apoyándose desde hace años para adelantar sus proyectos normativos con participación de autoridades, preparadores, aseguradores y usuarios de la información, en vez de redactar los cambios puertas adentro.

Según el propio Consejo Técnico, la necesidad de reactivar este comité en particular responde a que el marco normativo para microempresas lleva más de una década sin una revisión de fondo, mientras el resto del edificio normativo colombiano (NIIF completas, NIIF para las PYMES) sí ha pasado por actualizaciones sucesivas en ese mismo periodo. Los interesados en postularse, ya sea a título personal o en representación de una entidad, tienen plazo hasta el 12 de octubre a las 5:00 p. m. para enviar hoja de vida, formación académica y evidencia de experiencia en el tema a través del formulario habilitado por la entidad.

La convocatoria interesa en particular a quien lleve la contabilidad de negocios pequeños, un universo que en Colombia supera ampliamente al de las grandes empresas y que sin embargo suele quedar al final de la fila cuando se reparten las actualizaciones normativas. Que el CTCP abra la puerta a que preparadores y usuarios reales se sienten en la mesa antes de escribir la norma, y no solo después para comentarla, es una forma sensata de evitar que el Anexo 3 quede otra década esperando su turno.

Fuente de la convocatoria del CTCP ↗

El IASB le pone punto final a la reforma al método de participación y le da vigencia a partir de 2029
NIIF · IASBIFRS Foundation · IASB Decision · 24/09/2026

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) concluyó en su reunión de septiembre las discusiones técnicas sobre el proyecto que moderniza la NIC 28, la norma que rige el método de participación para inversiones en asociadas y negocios conjuntos. El proyecto llevaba varios años en la agenda del IASB, con el objetivo declarado de resolver preguntas de aplicación que la práctica contable había ido acumulando y de reducir la diversidad que hoy existe entre firmas a la hora de aplicar el método, un problema de comparabilidad que termina complicándole la vida a cualquier analista que compare estados financieros de distintas jurisdicciones.

Con las discusiones técnicas cerradas, el siguiente paso es el proceso de votación formal que valida el texto definitivo, y el IASB espera emitir la norma revisada en la primera mitad de 2027. La entrada en vigencia quedó fijada para los periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2029, con aplicación anticipada permitida para quien quiera adoptarla antes, un plazo amplio que le da margen tanto al propio IASB para depurar el texto final como a los reguladores locales para incorporarlo a su respectivo marco normativo.

Para Colombia, donde cualquier norma o enmienda IFRS solo entra a regir una vez el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la incorpora al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 (el mismo trámite que hoy tiene pendiente, por ejemplo, a la NIIF 18), el anuncio de esta semana es sobre todo una señal temprana. Las áreas de consolidación de grupos colombianos con inversiones en asociadas o negocios conjuntos tienen ya tres años de ventaja para empezar a revisar qué tan lejos queda su práctica actual del texto que el IASB dejó cerrado esta semana.

Consultar decisión del IASB ↗

El fisco de Estados Unidos admite que no sabe con precisión cuánto le hacen perder los tramposos, entre 116.000 y 304.000 millones de dólares al año
Tributario · Riesgo fiscalJournal of Accountancy · GAO · 28/09/2026

La Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno de Estados Unidos (GAO, por sus siglas en inglés) publicó esta semana la primera estimación propia del costo del fraude fiscal federal, con un rango que va de 116.000 a 304.000 millones de dólares anuales, entre el 2 % y el 6 % de los impuestos que en teoría le corresponden al fisco. La amplitud del rango no es un descuido metodológico, porque el propio GAO reconoce que combinó datos de fraude del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés), información sobre la brecha fiscal general y estimaciones de evasión en la economía informal, tres fuentes que por su naturaleza no producen una cifra exacta sino un intervalo razonable.

El reporte distingue tres categorías de fraude, entre ellas la evasión clásica de impuestos, el fraude cometido por preparadores de declaraciones inescrupulosos y el fraude de reembolsos basado en robo de identidad, y calcula que ese fraude explicaría entre el 17 % y el 43 % de la brecha fiscal bruta de 2022, año en que el IRS estimó una brecha fiscal neta de 606.000 millones de dólares. Como contexto de lo que sí funciona, la agencia recuperó cerca de 88.000 millones de dólares en reembolsos fraudulentos evitados entre 2018 y 2024, y completó más de 4,8 millones de auditorías en el mismo periodo. El director del IRS, Frank Bisignano, cuestionó parte del diagnóstico del GAO sobre la fragmentación en el gobierno interno del fraude, y recordó que no todo incumplimiento detectado alcanza el estándar legal de fraude.

El ejercicio interesa más allá de Estados Unidos porque expone un problema estructural que cualquier administración tributaria enfrenta, medir con precisión lo que por definición se esconde. Para las firmas colombianas que asesoran en cumplimiento y gestión de riesgo tributario, el reporte es un recordatorio de que ni el sistema fiscal más sofisticado del mundo tiene una cifra cerrada de cuánto se le escapa por la puerta de atrás.

Consultar fuente consultada ↗

Nota editorial: Boletín elaborado para Audit and Consulting Services SAS. Las normas, decretos, conceptos técnicos y cifras citados fueron verificados contra fuentes oficiales o primarias antes de su publicación. El borrador inicial contó con apoyo de herramientas de inteligencia artificial generativa como asistente de redacción; el texto final fue revisado, verificado, modificado y validado por el autor.
La Profesión al Día · Boletín de actualización para el Contador Público colombiano

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